La comisión de teólogos de la Congregación para la Causa de los Santos ha aprobado el segundo milagro, sucedido después de su beatificación, condición indispensable para la canonización de Juan Pablo II, indicaron diversos medios de información, confirmando una noticia que en ambientes del Vaticano circulaba desde hace algunos días, aunque la confirmación oficial aún debe llegar.La proclamación de santidad de Juan Pablo II sucedería solamente ocho años después de su muerte.
Tras la aprobación del segundo milagro es necesario el consenso de la comisión de cardenales y obispos de dicho dicasterio que deberá reunirse en las próximas semanas. A continuación será el papa Francisco quien deberá dar su aprobación y fijar la fecha de la ceremonia.
Ya finales del mes de abril estaba el veredicto de la comisión médica de la Congregación para la Causa de los Santos. Una curación inexplicable de una mujer atribuida a Juan Pablo II. El milagro fue en la noche del primero de mayo de 2011, día de la beatificación del papa Wojtyla, pero sobre la naturaleza del mismo no se sabe nada, aunque transcendidos indican que es muy impresionante.
El postulador de la causa, monseñor Slawomir Oder, había presentado en enero pasado el presunto milagro para que los médicos lo examinaran y dictaminen si se trataba o menos de un milagro.
Los dos médicos de la Consulta vaticana dieron un primer sí, pues consideraron que era una curación inexplicable, y todo el material cínico fue presentado oficialmente en el dicasterio y discutido por la Consulta una comisión de siete médicos.
La Consulta, –presidida por el cardiólogo Patrizio Polisca, que atendió a Juan Pablo II; a Benedicto XVI y ahora al papa Francisco– dio su parecer positivo, o sea que la curación es inexplicable.
El milagro que permitió la beatificación de Juan Pablo II fue la curación inexplicable de una monja, sor Marie Simon Pierre, que padecía de Parkinson.
La Iglesia considera que después de que la comisión de cardenales aprueba la heroicidad de las virtudes del candidato, es necesario para proclamarlo beato un primer milagro como confirmación por parte de Dios, puesto que en toda vida humana puede haber factores no conocidos que impiden la santidad. Si se trata de un mártir no es necesario el primer milagro. El beato puede ser venerado públicamente en la Iglesia local, o sea en su diócesis.
Para la canonización se requiere un segundo milagro, realizado después que el candidato fue proclamado beato y mediante la canonización se le concede el título de santo y se puede venerar con culto público en toda la Iglesia católica.