La acción de la Santa Sede en defensa de la familia en los foros internacionales

Por el arzobispo Giovanni Lajolo, «ministro» de Asuntos Exteriores del Vaticano

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ROMA, sábado, 4 diciembre 2004 (ZENIT.org).- Publicamos la intervención de monseñor Giovanni Lajolo, secretario para las relaciones de la Santa Sede con los Estados sobre la acción diplomática de la Santa Sede en defensa de la familia en las organizaciones internacionales pronunciada el 12 de noviembre de 2004.

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El tema de la familia y de la vida, junto con los de la dignidad de la persona humana y de la paz, están ciertamente entre los temas que caracterizan este pontificado o, mejor dicho, entre los temas que en el pontificado de Juan Pablo II, en plena continuidad y sintonía con los de sus predecesores y en realidad con toda la Iglesia, han asumido una dimensión preeminente.

Por ello no puede sorprender que también la diplomacia de la Santa Sede se haya comprometido en ellos con una atención e intensidad cada vez mayores en todos los ámbitos en los que está llamada a cumplir su misión.

Específicamente el interés de la Iglesia por la familia se sitúa en perfecta sintonía con su compromiso en defensa de la persona humana. La familia es el lugar natural donde la unión entre los cónyuges da origen a la vida, que estos nutren, protegen y orientan. Constituye también la primera escuela de las virtudes sociales, que son el principio activo de la existencia y del desarrollo de la misma sociedad.

Desgraciadamente, en la sociedad actual se manifiestan algunas tendencias que pueden considerarse negativas para su desarrollo armónico, y contribuyen más bien a su fragilidad e incluso a su desintegración.

El argumento es muy amplio y complejo y la presentación no será exhaustiva.
Me limitaré, por lo tanto, solamente a indicar la acción que la Santa Sede ejerce en defensa de la familia en relación con alguno de estos problemas, que considero cruciales, en las diversas organizaciones internacionales en las que está presente. No trataré de la evolución de estas tendencias en ámbitos nacionales ni en otro tipo de uniones institucionales entre Estados, como la Unión europea.

Me referiré, en concreto, a los siguientes argumentos: la unicidad del concepto de familia; el derecho de los padres a la educación de los hijos; el derecho de los padres a decidir el número de hijos; la participación de la mujer en actividades fuera del hogar; los nuevos adelantos científicos concernientes al origen y al final de la vida; los grandes movimientos de población.

Acción de la Santa Sede

La Santa Sede se interesa vivamente por los esfuerzos de las organizaciones internacionales e intenta aportar una contribución de manera conforme a su misión específica, que no es puramente técnica, sino de defensa del ser humano en todos sus aspectos, recordando que los valores morales, no menos que los valores políticos, militares y económicos, tienen gran importancia en las relaciones entre los pueblos y entre los Estados, para que estas relaciones sean justas y pacíficas, y redunden en el bien de los individuos. En la mayor parte de estos organismos la Santa Sede está presente con un estatuto de Observador, pero esto no impide que pueda hacer oír su voz de modo directo en muchas ocasiones o indirectamente a través de su trabajo con las delegaciones gubernamentales con las que establece una colaboración activa y sincera.

La acción en defensa de la familia por parte de la Santa Sede en estos organismos utiliza con frecuencia, en conformidad con la naturaleza de los mismos, el recurso al conjunto de normas jurídicas básicas, aceptadas por la comunidad internacional, que consideran la familia como sujeto e institución, con deberes y derechos propios en la sociedad.

En relación con las ciencias que tocan el origen de la vida, es necesario subrayar, sin embargo, que si la ciencia jurídica tiene una metodología y un campo de investigación que le son propios, no puede prescindir ni de los datos biológicos ni de los datos antropológicos y éticos.
Desgraciadamente, las normas jurídicas que se están adoptando en esta materia durante los últimos años tienden muchas veces a avalar las situaciones ya en acto, prescindiendo de algunos datos biológicos, antropológicos y éticos. Es emblemático el modo como se utilizan, por ejemplo, las expresiones «ser humano» y «persona humana». Al primero se garantiza la dignidad, mientras que la integridad, es decir la vida, es garantizada solamente a la «persona humana», al ser humano después del nacimiento, según el acuerdo tácito adoptado, como si la vida en el seno materno no fuera la vida de una persona humana y no tuviera derecho a su defensa.

Cuando estos documentos presentan posiciones incompatibles con la doctrina y la moral católica, la Santa Sede hace conocer sus reservas, naturalmente.

Unicidad del concepto de familia

Punto de referencia fundamental para el reconocimiento de la esencia y del rol de la familia es el artículo 16, 3 de la Declaración universal de derechos humanos, del 10 de diciembre del 1948: «La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado».

La Santa Sede sigue afirmando que Dios ha creado al hombre y a la mujer como seres inteligentes, que se complementan sexual y psicológicamente para dar origen a la prole, mediante su unión en el seno de la familia. Este es el designio de Dios «desde el principio» y no es producto de un consenso social. La familia así formada es anterior y más necesaria que el Estado, con todo lo que esto implica en relación con la «soberanía» del mismo.

La Santa Sede, por tanto, se opone fuertemente a cualquier intento de debilitar la familia o a las propuestas de definir de nuevo su estructura, como las que intentan asignar el estatuto de familia a otros tipos de uniones. Así lo ha defendido con claridad en las diversas Conferencias mundiales organizadas por las Naciones Unidas y sigue defendiendo hoy en día en los organismos internacionales, en los que continuamente se propone el problema: en el IV Comité de la Asamblea general de la Organización de las Naciones Unidas, en la Secretaría general, y en la Organización mundial del trabajo, cuando se trata de los derechos de protección social para las uniones de hecho. En la primera fase de la Cumbre mundial de la Sociedad de información (Ginebra 2003). Lo mismo en las Organizaciones de ámbito regional, como el Congreso del Instituto interamericano del niño, de la Organización de los Estados Americanos (Ciudad de México, octubre 2004), en los diversos Comités y Conferencias ministeriales del Consejo de Europa y en la Comisión internacional sobre el Estado civil (CIEC).

Las delegaciones de la Santa Sede en estos ámbitos invitan, además, a reflexionar sobre las consecuencias que se derivan de este grave atentado a la institución familiar, que debilita el tejido social e impide el desarrollo humano, con graves consecuencias, en particular sobre el crecimiento armónico de los hijos.

Derecho de los padres a la educación de los hijos

La Santa Sede sigue reafirmando que los padres tienen el deber primero y el derecho inalienable de educar a sus hijos y deben ser considerados los principales educadores. El niño debe crecer, en lo posible, bajo su custodia y bajo su responsabilidad y debe beneficiarse de una enseñanza que tenga en cuenta los valores éticos fundamentales y que haga posible la educación según la orientación deseada por los padres y de acuerdo con las exigencias de una libertad de conciencia bien entendida, a la que el individuo debe ser preparado durante la infancia y durante la adolescencia.
Este derecho y esta responsabilidad de los padres a la educación de los hijos están reconocidos en muchos documentos internacionales. La Declaración universal de derechos humanos afirma en el artículo 26, 3 que «los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habr
á de darse a sus hijos» (se podría añadir toda una lista de otros instrumentos internacionales que afirman este derecho: el Pacto internacional sobre los derechos civiles y políticos, n. 18, 4; el Pacto sobre los derechos económicos y sociales, n. 13, 3; el Convenio europeo de los derechos humanos, Protocolo 1, n. 2; el Convenio interamericano de los derechos humanos, n. 12, 4. El derecho de los padres a la educación de los hijos implica, en consecuencia, el derecho a establecer y dirigir escuelas y otras instituciones de enseñanza, afirmado en el Pacto sobre los derechos económicos y sociales, n. 13, 4, y la obligación del Estado de respetar y promover la moral y los valores tradicionales de las comunidades, afirmada en la Carta africana, n. 17, 3. En relación con el derecho a la libertad y a la educación religiosa de los hijos se han manifestado la Declaración universal, n. 26; el Pacto sobre los derechos políticos y civiles, n. 18, 4; el Convenio interamericano, n. 12, 4; y el Convenio europeo, Protocolo 1, n. 2). También el Convenio sobre los derechos del niño afirma que «incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño» (art. 18, 1).
Hoy en día es necesario insistir, en particular, en este derecho de los padres en relación con la educación sexual. Si desgraciadamente se deben constatar casos en los que los padres no asumen debidamente estas responsabilidades, sería utópico pensar que lo mismo no pueda suceder a las otras personas que trabajan en estos servicios.
La Santa Sede ha propuesto su posición, interviniendo directamente, cuando es posible, en las actividades organizadas en el ámbito de las Naciones Unidas para dar realización a cuanto se decidió en las Conferencias mundiales sobre la población y sobre la mujer, en el III Comité de la Asamblea general, en el Consejo económico y social (ECOSOC) y en el Fondo de las Naciones Unidas para las actividades en materia de población (UNFPA); en el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados; en la primera fase de la Cumbre mundial de la Sociedad de información (Ginebra 2003); en diversas actividades de la Unesco y en las Conferencias internacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. En ámbito regional, estos temas se tratan sobre todo en el Consejo de Europa.
Derecho de los padres a decidir el número de hijos

La Santa Sede considera que las actividades de las autoridades públicas y organizaciones privadas que intentan de cualquier modo limitar la libertad de los cónyuges en sus decisiones acerca del número de hijos y del espaciado entre los varios nacimientos constituyen una grave violación de su derecho a decidir en la materia. Las ayudas económicas o de otro género destinadas a las familias no pueden estar, de ninguna manera, condicionadas a la aceptación de programas de contracepción, esterilización o aborto.

Este derecho de los padres se encuentra afirmado explícitamente en la normativa internacional. Así en el artículo 16/e del Convenio para la eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer, en el número 16 de la Proclamación de la Conferencia sobre Derechos humanos de Teherán, 1968, y en otros documentos emanados por la Asamblea general de las Naciones Unidas y de la Organización mundial de la salud.

Sobre el modo de ejercitar este derecho la Santa Sede interviene frecuentemente en los organismos citados anteriormente.

La posición de la Iglesia católica en relación con la paternidad responsable es bien conocida, aunque con frecuencia no es correctamente interpretada. Algunos piensan que es demasiado exigente para los hombres y mujeres de la sociedad actual, pero no se considera suficientemente que incluye el máximo respeto por la transmisión de la vida humana y pide una gran madurez de colaboración y responsabilidad para los esposos, a los que es necesario ayudar con una formación adecuada cuando convenga. Es una responsabilidad que exige, además, mucho amor mutuo, disciplina y dominio propio, que refuerzan los vínculos familiares.

Derecho de la mujer a ejercitar una profesión
y a participar activamente en la vida social y política

A los derechos de la mujer se han dedicado un gran número de instrumentos jurídicos internacionales, entre los cuales se pueden recordar el Convenio sobre los derechos políticos de la mujer, de 1954, y el Convenio sobre la eliminación de cualquier forma de discriminación contra la mujer, de 1981. En ellos se afirma el reconocimiento del derecho de la mujer a ejercitar, cualquiera que sea su estado matrimonial, los derechos y las libertades fundamentales en campo político, económico, social, cultural y civil en igualdad con los hombres.

El Santo Padre, en preparación de la IV Conferencia mundial de las Naciones Unidas sobre la mujer (Pekín, 1995), afirmó en diversas ocasiones su deseo de subrayar la importancia de una mayor valoración de la mujer en la vida pública (social, económica, cultural, educativa, política…), en la cual las mujeres se están afirmando cada vez más, en los niveles más altamente representativos, nacionales e internacionales. Es un proceso que hay que apoyar, continuaba el Papa, porque la mujer demuestra que puede dar una contribución no menos cualificada que el hombre en estos sectores.

Ciertamente, la participación de la mujer en la vida pública exige un replanteamiento por parte de los cónyuges del modo de responsabilizarse de las necesidades familiares, en el cuidado y en la educación de los hijos en primer lugar y eventualmente en la atención a otras personas necesitadas de ayuda en el interior de la familia, para que esta pueda continuar siendo el lugar de comunión y desarrollo solidario de todos sus miembros. El acuerdo responsable entre el marido y la mujer para tomar las decisiones que consideren más apropiadas no parece, sin embargo, suficiente si en el ámbito social externo no se crea una mentalidad orientada a la defensa de la institución familiar que facilite, por ejemplo, horarios apropiados para hacer compatibles el compromiso familiar y el trabajo, ayudas económicas adecuadas que permitan el desarrollo de la familia, sin tener que recurrir al trabajo externo, en el caso en el que así lo vean conveniente los cónyuges, ayudas especializadas de tipo económico, médico y psicológico para acompañar y sostener a las familias en la dolorosa tarea de atender a un persona con una enfermedad incurable, etc.

Estas cuestiones son tratadas y seguidas por la Santa Sede, por ejemplo, en el III Comité de la Asamblea general de las Naciones Unidas, en el Consejo económico y social (ECOSOC), en la Organización mundial de la salud (OMS) y en el Fondo de las Naciones Unidas para las actividades en materia de población (UNFPA), en la Comisión interamericana de mujeres, y en varias instancias del Consejo de Europa.

Nuevas tecnologías aplicadas al origen y al fin de la vida

Este es un terreno amplísimo que concierne a los adelantos logrados en el campo de la biomedicina; en las técnicas que permiten la creación, selección y manipulación de embriones humanos; en la curación de enfermedades que antes se resolvían rápidamente de modo negativo y ahora pueden alargar indefinidamente la vida de los enfermos; en el cuidado de los enfermos terminales mediante los llamados cuidados paliativos del dolor, etc. Sería imposible abordar ahora todos los problemas implicados y las repercusiones que cada uno de ellos tiene sobre la estructura familiar.

La Santa Sede está convencida de la necesidad de apoyar y promover la investigación científica por el bien de la humanidad y anima la experimentación que se lleva a cabo en los campos de la medicina y la biología, con el límite del respeto de la dignidad y de la integridad del ser humano, desde el momento de su concepción hasta la muerte natural del mismo, excluyendo lo que va contra esa dignidad e integri
dad. Condena, por tanto, toda supresión de la vida, desde el comienzo hasta el final natural de la misma. Es contraria también a las técnicas que manipulan a un ser humano, sin respetar su dignidad y su integridad, aunque sea para beneficiar a otras personas. Propone y defiende, cuando es posible, la investigación por vías alternativas respetuosas de esos principios.
Es favorable al desarrollo de nuevas técnicas para el alivio del dolor y propone vivamente que se promuevan políticas para ayudar y sostener adecuadamente a las familias que acogen entre sus miembros personas enfermas, discapacitadas o personas ancianas no autónomas.

La Santa Sede tiene ocasión de hacer presente su posición en estas cuestiones durante las sesiones de la Asamblea general de las Naciones Unidas, en el ámbito de los debates sobre el seguimiento de los acuerdos tomados en la Cumbre mundial sobre el desarrollo social (Copenhague, 1995), sobre el proyecto de Convenio sobre los derechos de los discapacitados (III Comité) y en los debates sobre las células madre y la clonación humana (VI Comité). Estos temas se tratan también en la Organización mundial de la salud (OMS) y en la Asociación mundial de médicos (AMM). Ha tenido oportunidad de participar en la elaboración de la Declaración universal sobre los derechos humanos y el genoma humano (Unesco). A nivel regional, la Santa Sede ha participado activamente en la elaboración del Convenio europeo sobre los derechos humanos y la biomedicina (Oviedo, 1997) y en sus varios Protocolos, en el ámbito de las actividades del Consejo de Europa, donde se tocan también ampliamente los problemas relacionados con personas discapacitadas, ancianos no autónomos, etc. Estos últimos años, además, la Asamblea parlamentaria trabaja sobre un proyecto de Resolución que tiende a liberalizar el uso de la eutanasia en Europa, que encuentra una fuerte oposición por parte de la mayoría de los diputados. La Iglesia católica es también contraria, evidentemente.

Los grandes movimientos de población

Reconociendo las numerosas causas de los fenómenos migratorios hoy en día, la Santa Sede se interesa sobre todo de sus dimensiones humanitarias. Los derechos fundamentales de las personas obligadas a abandonar su país y de sus familias son derechos inalienables e inviolables, y como tales deben ser respetados. Existen numerosos instrumentos jurídicos que se ocupan de la protección de estos derechos, entre los cuales el Convenio sobre el estatuto de los refugiados (1950) y el Protocolo de 1967; el Convenio internacional sobre la nacionalidad (1957); el Convenio internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores emigrantes y de los miembros de sus familias (1990). En ámbito regional las Convenciones de la Organización de Estados americanos y de la Organización de la unidad africana.

La Santa Sede pide en muchas de sus intervenciones medidas preventivas y correctivas necesarias para la protección y la ayuda a las mujeres refugiadas, que en la mayor parte de los casos son las responsables de llevar adelante el núcleo familiar restante, formado frecuentemente por niños y ancianos.

Se trata, en primer lugar, de defenderlas de los abusos y negligencias a los que se pueden ver sometidas en estas situaciones extremas; pero también de promover proyectos educativos y económicos, para que sean capaces de resolver los problemas familiares de manera autónoma.
Una atención particular se debe prestar a la necesidad de preservar y dar fuerza a la familia en los campos de refugiados y entre los emigrantes: la cohesión familiar es la mayor fuerza que sostiene a estas personas. La Santa Sede concede la mayor importancia a la cuestión de la reunificación familiar, y en no pocas ocasiones se ha pronunciado a favor de una ayuda para la parte de la familia que ha quedado aislada en el país de origen.

La Santa Sede trata en particular estas cuestiones en las actividades promovidas por el Alto Comisionado para los refugiados de las Naciones Unidas (UNHCR), en la Organización mundial de la salud (OMS), en la Organización internacional para las migraciones (OIM).
Del futuro de la familia depende el futuro de la humanidad.

La acción de la diplomacia de la Santa Sede en las Organizaciones internacionales busca hacer realidad el deseo expresado por el Papa en la «Carta a las familias» el año 1994, es decir, que el hombre moderno comprenda qué grandes bienes son el matrimonio, la familia y la vida; y qué gran peligro constituye el no respetar estas realidades y una menor consideración de los valores supremos en los que se fundamentan la familia y la dignidad del ser humano.
[Traducción distribuida por la página web de la Santa Sede, vatican.va]

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ZENIT Staff

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