Los cardenales nuevos miembros de la congregación son:
–Christian Wiyghan Tumi, arzobispo de Douala (Camerun);
–Salvatore De Giorgi, arzobispo de Palermo (Italia);
–Angelo Scola, Patriarca de Venecia (Italia);
–Tarcisio Bertone, arzobispo de Genova (Italia);
–Peter Kodwo Appiah Turkson, arzobispo de Cape Coast (Ghana);
–George Pell, arzobispo de Sydney (Australia);
–Péter Erdö, arzobispo de Esztergom Budapest (Hungría);
–Zenon Grocholewski, Prefecto de la Congregación para la Educación Católica;
–Julián Herranz, Presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos;
Los arzobispos nuevos miembros de la Congregación son:
–Michel Marie Calvet, de Nouméa (Nueva Caledonia);
–Paulino Lukudu Loro, de Juba (Sudán);
–Jean Marie Untaani Compaoré, de Ouagadougou (Burkina Faso);
–Thomas Menamparampil, de Guwahati (India);
–Buti Joseph Tlhagale, de Johannesburg (Sudáfrica);
Los obispos nuevos miembros de la Congregación son:
–a los obispos Tarcisius Ngalalekumtwa, de Iringa (Tanzania);
–Joseph Zen Ze kiun, de Hong Kong;
–Antoni Dziemianko, auxiliar de Minsk Mohilev (Bielorrusia);
–Robert Le Gall, de Mende (Francia).
Según estableció Juan Pablo II en la constitución apostólica Pastor Bonus (28 de junio de 1988) la Congregación del Culto Divino y de la Disciplina de los Sacramentos «trata lo que, salvo la competencia de la Congregación de la Doctrina de la Fe, corresponde a la Sede Apostólica respecto a la ordenación y promoción de la sagrada liturgia, en primer lugar de los sacramentos».
«Fomenta y tutela la disciplina de los sacramentos, especialmente en lo referente a su celebración válida y lícita; además, concede los indultos y dispensas que no entren en las facultades de los obispos diocesanos sobre esta materia», añade la constitución.
«La Congregación promueve con medios eficaces y adecuados la acción pastoral litúrgica. de modo especial en lo que se refiere a la celebración de la Eucaristía; asiste a los obispos diocesanos, para que los fieles cristianos participen cada vez más activamente en la sagrada liturgia», indicó este Papa.
Además, «provee a la elaboración y corrección de los textos litúrgicos: revisa y aprueba los calendarios particulares y los Propios de las Misas y de los oficios de las Iglesias particulares, así como los de los institutos que gozan de ese derecho».
Entre otras cosas, «revisa las traducciones de los libros litúrgicos y sus adaptaciones, preparadas legítimamente por las Conferencias Episcopales».
Apoya también «las comisiones o los institutos creados para promover el apostolado litúrgico, la música o el canto o el arte sagrado, y mantiene relaciones con ellos; erige, a tenor del derecho, las asociaciones de este tipo que tienen carácter internacional, o aprueba y revisa sus estatutos; finalmente, promueve congresos interregionales para fomentar la vida litúrgica».
«Vigila atentamente para que se observen con exactitud las disposiciones litúrgicas, se prevengan sus abusos y se erradiquen donde se encuentren».
«Corresponde a esta Congregación examinar el hecho de la inconsumación del matrimonio y la existencia de causa justa para conceder la dispensa. Así, pues, recibe todas las actas junto con el parecer del obispo y los alegatos del defensor del vinculo: las pondera atentamente, según un procedimiento especial y, si se da el caso, somete al Sumo Pontífice la petición para obtener la dispensa».
«Es competente también en examinar, según la norma del derecho, las causas de nulidad de la sagrada ordenación».
Le compete también «el culto de las sagradas reliquias, la confirmación de los patronos celestiales y la concesión del titulo de basílica menor».
Por último, la Congregación «ayuda a los obispos para que, además del culto litúrgico, se fomenten, y se tengan en consideración, las plegarias y las prácticas de piedad del pueblo cristiano, que respondan plenamente a las normas de la Iglesia».
El prefecto de la Congregación es el cardinal nigeriano Francis Arinze.