JAÉN, jueves, 18 junio 2009 (ZENIT.org).- El Consejo de Gobierno andaluz acaba de aprobar el proyecto de ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte, más conocido como «ley de muerte digna». Con este motivo, la Asociación para la Defensa del Derecho a la Objeción de conciencia (ANDOC), ha realizado una serie de precisiones.
En primer lugar, afirma la ANDOC, esta propuesta legal «tiene poco de novedoso»: la mayoría de los derechos y garantías que establece para la digna atención del paciente están ya contempladas en otras leyes generales anteriores: la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente y la ley General de Sanidad de 1986.
Respecto a los profesionales, las «malas prácticas» que trata de evitar ya aparecen sancionadas, además de en las normas mencionadas, en los Códigos Deontológicos sanitarios.
«No es de extrañar -afirma la ANDOC- que otras comunidades autónomas, con previsiones estatutarias similares, hayan optado por seguir la ley vigente, sin aventurarse con proyectos, a todas luces, innecesarios».
La ANDOC añade que si bien es cierto que el proyecto andaluz no regula la objeción de conciencia, «deja muy mal parada la libertad profesional y de conciencia de los médicos al indicar en su artículo 17 que los profesionales sanitarios ‘implicados en la atención del paciente tienen la obligación de respetar los valores y preferencias del paciente en la toma de decisiones clínicas, debiendo abstenerse de imponer sus opiniones personales morales, religiosas, filosóficas o de cualquier naturaleza'».
De respetar las convicciones de los pacientes sin imponer las propias, afirma la ANDOC, «a reducir al médico al silencio ante ‘preferencias del paciente’, obligándole incluso a abstenerse de manifestar sus opiniones de ‘cualquier naturaleza’, hay una diferencia abismal».
«¿Creen que con profesionales ‘mudos’ pueden curarse o aliviarse enfermedades o contribuir al avance de la medicina? ¿Tiene algo que ver una disposición de este género con la realidad cotidiana de la asistencia sanitaria?», añade.
Para prestar una atención integral y de calidad a los pacientes graves o terminales, propone la ANDOC, «se hace necesario desarrollar mucho más los cuidados paliativos, formar a los profesionales en esta materia, dotar de medios específicos suficientes a los centros sanitarios, no cargar contra los profesionales, ni obligarles a actuar contra sus conocimientos y conciencia».
Y concluye: «Cualquier ley de ‘muerte digna’ que no cuente con los profesionales sanitarios, no aportará dignidad ni a los médicos, ni a los pacientes, ni al propio sistema sanitario».
Por Nieves San Martín