En ocasión del Año del Año de la Fe, la Facultad de Derecho Canónico de la Universidad Pontificia de la Santa Cruz dedica el congreso anual al tema de la evangelización durante los días 11 y 12 de abril.
Con el titulado «Fe, evangelización y derecho canónico», en el Congreso se ha reflexionado principalmente sobre la «relevancia directa de la fe en el derecho eclesial». En particular, se ha discutido sobre la relación entre fe y razón en el ámbito canónico; de las problemáticas jurídicas relativas al munus docendi Ecclesiae, de los derechos y deberes de los laicos en la evangelización; del reconocimiento y de la tutela civil de la identidad cristiana de instituciones y personas inspiradas en la fe; de la importancia de la fe en la organización de la Iglesia, sobre todo en el ámbito misionario y en la tutela de la doctrina y de la mora.
Inspirándose en el motu proprio Porta fidei con el que Benedicto XVI ha lanzado el Año de la Fe, considerando todos los aspectos de la vida personal y comunitaria de los fieles, los organizadores han querido resaltar como «en la tradición canónica se puede redescubrir la inseparabilidad entre el bien de la fe y la necesidad de justicia intraecclesialee», superando los ajustes que reducen o debilitan la importancia del derecho eclesial.
“La tarea esencial de todo cristiano es la de despertar, profundizar y difundir la comprensión de lo que significa ser católico», así inauguró el Congreso monseñor Gerhard Ludwig Müller, prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe.
En la primera conferencia, el profesor de derecho canónico Carlos José Errázuriz abordando la reflexión sobre lo que es jurídico en la Iglesia, dijo que «la trama entre lo natural y lo sobrenatural en el derecho eclesial da lugar a una visión profundamente unitaria del obrar de la razón y de la fe en el ámbito canónico». De aquí «deriva la contribución decisiva del cristianismo a la cultura jurídica, empezando por el reconocimiento de la dignidad de la persona humana y del valor de los vínculos sociales. En el derecho eclesial está presente lo bueno y lo noble, y por eso abierto a la trascendencia, se encuentra en la dinámica jurídica natural».
También participó en el primer día del Congreso monseñor Mauro Rivella, juez del Tribunal eclesiástico del Piamonte, que abordó el tema de la relación entre los fieles laicos y los ministros ordenados. Señaló que «el anuncio del Evangelio, para adentrarse eficazmente en la cultura y para inspirar elecciones de vida y de comportamientos consecuentes, debe caracterizarse por una huella marcadamente formativa».
El cardenal Stanislaw Rylko, presidente del Consejo Pontificio para los Laicos, habló de la nueva evangelización y señaló que «la evangelización actual no se debe basar sobre una ‘fórmula mágica’, sino sobre el ser verdaderos cristianos por parte de todos, para poder así anunciar a Cristo con la vida antes que con las palabras».
El jurista Giorgio Feliciani, de la Facultad de Derecho Canónico San Pío X de Venecia, siguiendo sobre el papel de los laicos, señaló que, «además de un empeño directo y personal en las realidades temporales generalmente entendidas, el apostolado de los laicos hoy se puede manifestar específicamente como ‘ministros de la sabiduría cristiana’ en el inmenso campo de apostolado que se abre en el orden nacional e internacional».
La profesora de derecho civil y canónico de la Universidad de Barcelona, abriendo su ponencia sobre identidad religiosa y libertad de expresión matizó que «la fe presupone un acto libre y de pleno consentimiento en el intelecto a la verdad conocida, con la disposición de la voluntad de adecuar la propia vida y el derecho-deber de transmitir la doctrina en la que se cree».
Otro jurista, el profesor de la Universidad de la Santa Cruz, Iñigo Martínez-Echevarría habló sobre el caso Obamacare, en relación a la «protección de la inspiración cristiana en las instituciones médicas, educativas y de asistencia», y explicó que, «dentro del llamado Obamacare, la reforma sanitaria lanzada en Estados Unidos, el uso instrumental del derecho a la no discriminación es capaz de modificar los principios esenciales de recíproca articulación entre derechos fundamentales: así la libertad de conciencia, de pensamiento y de religión pierde su rol de derecho a la base de los derechos».