La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este martes la prohibición que existía en el estado mexicano de Campeche para que las parejas homosexuales pudieran adoptar.
La mayoría de los miembros del tribunal declaró inconstitucional el artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia de ese estado. La norma no permitía a las denominadas parejas de hecho la posibilidad de adoptar a un menor de edad.
El artículo derogado es discriminatorio de los derechos de los niños, indicó la SCJN. Esta decisión es parecida a la que adoptó el mismo órgano en 2010, cuando autorizó la adopción a parejas homosexuales en el Distrito Federal. El fallo de la Corte Suprema abre ahora la puerta para que se impugnen legislaciones similares en todo el país.
La nueva resolución también camina en el mismo sentido de una emitida en junio pasado por la SCJN. Esa sentencia declaraba inconstitucionales los códigos civiles estatales que prohíben las uniones entre personas del mismo sexo. Una doctrina que supone en la práctica su legalización y sitúa a México en la órbita de Argentina, Brasil o Uruguay.