España: Anulado un suspenso en Educación para la Ciudadanía

Un juzgado de Madrid da la razón a una objetora de la asignatura

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MADRID, martes 1 de febrero de 2010 (ZENIT.org).- La semana pasada, una familia madrileña vivió un hecho insólito: una hija suya, que se declaró objetora a la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC) recibió una sentencia judicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número tres de Madrid, España, que la considera aprobada en la citada materia del segundo curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

Esta asignatura ha sido denunciada por los obispos, por amplios sectores católicos y civiles, y por asociaciones de padres, al considerar que adoctrina en temas morales. Desde su introducción obligatoria en el curriculum escolar en 2006, han objetado unos 50.000 alumnos.

La sentencia crea un precedente en el ámbito de la jurisprudencia que puede ser útil a otros objetores en la misma situación.

“Es un hecho notorio –afirma la sentencia- que no necesita prueba, que la introducción de dicha asignatura en los planes de estudio ha causado una notable polémica, con posturas enfrentadas en y fuera de los Tribunales”.

Los hechos se dieron en un instituto de enseñanza secundaria de la Comunidad de Madrid y se remontan al curso 2008-2009.

Los padres de la menor (cuyos datos se omiten por expreso deseo de la familia) presentaron objeción de conciencia en nombre de sus tres hijos, si bien sólo a una de las hijas le tocaba cursar la asignatura ese año.

La menor en cuestión, como objetora, no acudió a clase ni realizó las tareas propias de la asignatura durante el curso pero, al final del mismo, decidió presentarse al examen final haciendo uso (como reconoce la sentencia) de sus derechos escolares.

En el examen final, la alumna objetora obtuvo un 6,9 sobre 10. Sin embargo, en el impreso del examen se indicaba que, para la nota final de la asignatura, se contabilizaría un 40% de la nota obtenida por el trabajo en clase y un 60% de la nota del examen.

Este criterio de evaluación no concuerda con los establecidos a principio de curso por el propio centro se enseñanza que consideraba suficiente aprobar la asignatura mediante examen final.

La menor en cuestión fue, por tanto, suspendida en la citada asignatura pero los padres recurrieron el suspenso ante la dirección territorial correspondiente de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Esta institución ratificó el suspenso mediante resolución administrativa.

A los padres no les quedó ya más remedio que acudir al juzgado para defender los derechos de su hija. Ahora, más de dos años después, la Justicia les ha dado la razón.

Jaime Urcelay, presidente de la asociación Profesionales por la Ética, declaró al conocer la noticia: “Nos encontramos con un caso claro de vulneración de derechos ciudadanos contra una menor por el simple hecho de haber objetado a Educación para la Ciudadanía. Es de admirar el coraje y la perseverancia de esta familia en defensa de su libertad y la de su hija. Por el contrario, hechos como este deberían hacer reflexionar a la Comunidad de Madrid, que dejó a los objetores en una situación de total indefensión consintiendo y ratificando, además, actos administrativos absolutamente irregulares como este”.

Profesionales por la Ética ha llevado el caso ya ante el Parlamento Europeo (ver www.zenit.org/article-35918?l=spanish) y ante la ONU (ver www.zenit.org/article-36660?l=spanish)

Para saber más: www.profesionalesetica.org.

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ZENIT Staff

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