GINEBRA, viernes 10 de junio de 2011 (ZENIT.org).- A continuación ofrecemos la intervención de monseñor Silvano Tomasi, Observador Permanente de la Santa Sede en las Naciones Unidas, el pasado 6 de junio en la XVII Sesión Ordinaria del Consejo de los Derechos del Hombre, que se está celebrando en Ginebra.
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Señor Presidente,
En primer lugar, mi Delegación quería felicitar a los interesados involucrados en la preparación del borrador del Optional Protocol to the Convention on the Rights of the Child to provide a communication procedure (OPC), (Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño), que se convertirá en un importante instrumento del sistema de derechos humanos.
Más allá del aspecto jurídico, el Protocolo Facultativo del CRC provee de una palabra de esperanza y de aliento a aquellos niños y jóvenes cuya inocencia y dignidad humanas se han visto afectados por la crueldad que está presente en el mundo de los adultos. Si todos los estados, las agencias de las Naciones Unidas, la sociedad civil y las instituciones religiosas trabajan juntas en una asociación más eficaz, serán capaces de asegurar el amor, los cuidados y la asistencia a aquellos afectados por la violencia o los abusos. Más aún, se fomentará un mundo donde estos niños puedan perseguir sus sueños y aspiraciones de un futuro libre de violencia.
“Los supremos intereses del niño, serán la consideración primordial”1 y la condición previa para llevar a cabo el futuro previsto. De hecho, estamos “convencidos de que la familia, como grupo fundamental de la sociedad y el entorno natural para el crecimiento y bienestar de todos sus miembros, en particular los niños, debería recibir la protección necesaria y la asistencia para que pueda asumir sus responsabilidades dentro de la comunidad”2. En consonancia con la Convención que reconoce la esencialidad de la familia, la Santa Sede cree que los intereses supremos del niño son servidos en primer lugar, en el contexto de la familia tradicional.
Señor Presidente,
Hace más de cincuenta años, en la Declaración de los Derechos del Niño, la Asamblea General proclamó que “el niño debería disfrutar de una protección especial, y dispondrá de oportunidades y facilidades, a través de la ley y otros medios, para permitirle desarrollarse físicamente, mentalmente, moralmente, espiritualmente y socialmente de un modo normal y saludable y en las condiciones de libertad y de dignidad3. Esto continúa siendo de gran importancia ahora, como entonces, y señala la responsabilidad de la comunidad internacional en su conjunto para proseguir su labor esencial de promoción de la dignidad y del bienestar de todos los niños y adolescentes de todo el mundo.
En 2009, el Papa Benedicto XVI hizo un llamamiento a la comunidad internacional a que aumentase sus esfuerzos para ofrecer una respuesta adecuada a los trágicos problemas que experimentan demasiados niños: “Que no falte el compromiso generoso de todas las partes para que los derechos del niño sean reconocidos y su dignidad reciba cada vez más un mayor respeto”.
Señor Presidente, la Santa Sede ve en su nuevo Optional Protocol to the Convention of the Rights of the Child to provide a communication procedure (Protocolo Facultativo de la Convención de Derechos del Niño para establecer un procedimiento de comunicación), una contribución oportuna para fortalecer el sistema de derechos humanos. Que esto nos lleve cada vez más cerca del objetivo final: la preservación y respeto incondicionales a cada persona, mujer o hombre, adulto o niño.
Gracias, Señor Presidente.
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1 GENERAL ASSEMBLY, Art.3 al. 1 of the Convention on the Rights of the Child, 1989, p.1.
2 GENERAL ASSEMBLY, Preamble of the Convention on the Rights of the Child, 1989, p.1.
3 GENERAL ASSEMBLY, Declaration of the Rights of the Child, 1959, p.1.
[Traducción del inglés por Carmen Álvarez]