Misal Romano © Cathopic

La Santa Sede añade en el Misal los santos recientes y siete nuevos prefacios

Dos decretos de la Comisión ‘Ecclesia Dei’

Print Friendly, PDF & Email
Share this Entry

(zenit – 25 marzo 2020).- La Congregación para la Doctrina de la Fe de la Santa Sede ha dado hoy a conocer dos decretos, con los que se completa el trabajo iniciado durante el papado de Benedicto XVI, ambos firmados el 22 de febrero de 2019, fiesta de la Cátedra de San Pedro.

El primero de ellos, el Decreto Quo magis, aprueba el texto de siete nuevos prefacios que se insertan en la celebración eucarística según el Misal Romano de 1962, y el segundo, el Decreto Cum sanctissima, da las indicaciones para la celebración, en la forma extraordinaria del Rito Romano, de los santos recientemente canonizados, informa Vatican News.

El Papa Benedicto XVI, confió a la entonces Pontificia Comisión Ecclesia Dei, instituida por el Papa Juan Pablo II en 1988, la inclusión en el Misal de 1962 de los nuevos prefacios así como de los nuevos Santos canonizados después de 1962.

Las competencias de Ecclesia Dei –a instancias del Papa Francico– pasaron en 2019 a la Congregación para la Doctrina de la Fe, que completó el trabajo iniciado bajo Benedicto XVI, aclara una nota publicada por la Oficina de Prensa del Vaticano, junto a los decretos.

Decreto Cum sanctissima sobre los nuevos santos

En este decreto, la Congregación especifica que la celebración de los santos más recientes sigue siendo opcional. Por lo tanto, quien desee celebrar a los santos siguiendo el calendario de la forma extraordinaria tal como lo establece el libro litúrgico, es libre de hacerlo.

El nuevo decreto, por otra parte, ofrece una posibilidad más para el caso “en el que se celebre según el calendario vigente, pero que al mismo tiempo se desee honrar a otros santos coincidentes en la mismo día”.

Decreto Quo magis sobre los prefacios

Los expertos en Doctrina de la Fe recuerdan, del mismo modo, que el uso de los nuevos prefacios es opcional, según el “buen sentido pastoral del celebrante”.

Asimismo, aclaran que el Decreto “no suspende las eventuales concesiones de cuantos prefacios propios se hayan hecho en el pasado, y que en casos particulares (lugares, institutos…) ya hayan sido aprobados para circunstancias litúrgicas idénticas”.

En tal caso, indican, “puede suceder que se tengan dos prefacios diversos para una misma circunstancia. Siendo así se podrá optar por aquel primero o el texto apenas aprobado”.

Print Friendly, PDF & Email
Share this Entry

Rosa Die Alcolea

Profesional con 7 años de experiencia laboral en informar sobre la vida de la Iglesia y en comunicación institucional de la Iglesia en España, además de trabajar como crítica de cine y crítica musical como colaboradora en distintos medios de comunicación. Nació en Córdoba, el 22 de octubre de 1986. Doble licenciatura en Periodismo y Comunicación Audiovisual en Universidad CEU San Pablo, Madrid (2005-2011). Ha trabajado como periodista en el Arzobispado de Granada de 2010 a 2017, en diferentes ámbitos: redacción de noticias, atención a medios de comunicación, edición de fotografía y vídeo, producción y locución de 2 programas de radio semanales en COPE Granada, maquetación y edición de la revista digital ‘Fiesta’. Anteriormente, ha trabajado en COPE Córdoba y ABC Córdoba.

Apoye a ZENIT

Si este artículo le ha gustado puede apoyar a ZENIT con una donación