«Por una auténtica libertad religiosa en México»
Un Estado que quiera ser realmente democrático no puede prescindir del respeto pleno a la libertad religiosa de sus ciudadanos. En nuestro país el artículo 24 de la Constitución dice que «todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna».
Sin embargo, existen deficiencias en esta ley fundamental. Se reconoce la libertad de culto pero con claras y marcadas privaciones. La religión es una forma de vivir, mientras que la creencia sólo se refiere a manifestaciones radicadas en la conciencia. El reconocimiento auténtico de la libertad religiosa implica necesariamente que todos los mexicanos podamos vivir sin presión ni coacción alguna de ningún tipo en el ámbito público y social.
En este sentido y apegándonos a los grandes principios que el derecho internacional reconoce sobre la libertad religiosa, tales como: libertad de conciencia y de culto; libertad de difusión de credos, ideas u opiniones religiosas; el derecho a la formación, educación y asociación religiosa, y el derecho a la objeción de conciencia, con preocupación descubrimos que en nuestro país aún faltan por reconocer muchos de estos principios.
Dignidad humana: el fundamento
Si queremos un estado democrático tendremos que entender que la libertad religiosa no es una propuesta de un grupo en particular; el fundamento de esta libertad está en la misma dignidad humana. La libertad religiosa es la premisa y la garantía de todas las libertades que aseguran el bien común de las personas y los pueblos.
Los obispos de México queremos un país verdaderamente democrático con un estado laico y plural, que no haga suya ninguna religión ni promueva ninguna corriente antirreligiosa. El respeto que el Estado debe a las iglesias, a las asociaciones religiosas y a cada uno de sus miembros, excluye la promoción tácita o explícita de la irreligiosidad o de la indiferencia.
El poder civil, cuyo fin propio es procurar el bien común temporal, debe reconocer la vida religiosa de los ciudadanos y favorecerla, pero hay que decir que excedería de sus límites si pretendiera limitar el ser religioso de sus ciudadanos.
Es de justicia que todo hombre y cualquier iglesia, en este caso la Iglesia católica, pueda en todo momento y en todas partes predicar la fe con auténtica libertad, enseñar su doctrina social, ejercer su misión entre los hombres sin traba alguna y dar su juicio moral, incluso sobre materias referentes al orden político, cuando lo exijan los derechos fundamentales de la persona o la salvación de las almas, utilizando todos y sólo aquellos medios que sean conforme al Evangelio y al bien de todos según la diversidad de tiempos y de situaciones.
La Iglesia se dirige al hombre en el pleno respeto de su libertad. La misión no coarta la libertad, más bien la favorece. La Iglesia propone, mas no impone: respeta personas y culturas.
Cuando la Iglesia exige la libertad religiosa, no solicita una dádiva, un privilegio, una licencia que depende de situaciones contingentes, de estrategias políticas o de la voluntad de las autoridades, sino que está pidiendo el reconocimiento efectivo de un derecho inalienable. No se trata de un derecho de la Iglesia como institución, se trata de un derecho humano de cada persona, de cada pueblo y de cada nación.
Por los obispos de México,
+José Guadalupe Martín Rábago
Obispo de León, presidente de la CEM.
+Carlos Aguiar Retes
Obispo de Texcoco, secretario general de la CEM.