Alemania: Seguridad jurídica para las escuelas católicas de Baja Sajonia

La Santa Sede y el estado de Baja Sajonia modifican su concordato

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HANNOVER, jueves 15 de abril de 2010 (ZENIT.org).- La Santa Sede y el estado alemán de Baja Sajonia han acordado modificar el concordato de 1965 para regular la situación jurídica de algunas escuelas católicas gestionadas por las diócesis de Hildesheim, Osnabrück y Munich.

Lo han hecho a través de un acuerdo firmado el pasado 6 de abril en la ciudad alemana de Hannover por el nuncio apostólico en Alemania, monseñor Jean-Claude Périsset, y el ministro-presidente del Land Niedersachsen, Christian Wulff.

El acuerdo prevé algunas modificaciones en la oferta educativa y permite ampliar el alumnado de algunas escuelas diocesanas, según un comunicado de la diócesis de Hildesheim.

“El acuerdo modifica el artículo 6 del anexo al Concordato entre la Santa Sede y el estado de Baja Sajonia”, indica un comunicado publicado este jueves por la Oficina de Información de la Santa Sede.

“Regula la situación jurídica de algunas escuelas católicas gestionadas por las diócesis de Hildesheim, Osnabrück y Munich en ese Land”, añade.

Por parte de la Iglesia, asistieron a la ceremonia de firma del acuerdo el obispo de Hildesheim, monseñor Norbert Trelle; el jefe de la Oficina Católica de Baja Sajonia, monseñor Felix Bernard y el secretario de la nunciatura apostólica en Alemania monseñor Rüdiger Feulner,

Como representante del estado federado, se encontraba también en el acto la ministra de Educación del land, Elisabeth Heister-Neumann.

Sentido de los concordatos

La Santa Sede firma concordatos con los estados con el objetivo de garantizar la libertad religiosa de los ciudadanos de los distintos países.

Un concordato, como acuerdo entre las autoridades civiles y eclesiásticas sobre temas que les conciernen mutuamente, es un contrato internacional que vincula jurídicamente a las partes y que garantiza el derecho a la libertad religiosa y de culto de los católicos en los diferentes países.

Puede tratar de materias mixtas o específicas, tales como la asistencia religiosa a las fuerzas armadas, el matrimonio, la escuela católica, etcétera.

La Santa Sede ha estipulado convenciones con Estados o con sociedades políticas desde tiempos antiguos.

Estos tipos de colaboración han recibido diferentes denominaciones: concordato –sollemnis conventio, capitula concordata, pacta conventa-, convención –conventio, modus vivendi-, acuerdo –concordia– o protocolo, en el sentido de acuerdo parcial más simple, entre otros.

En las estipulaciones, el Papa -o su plenipotenciario- no actúa como soberano de la Ciudad del Vaticano, sino como cabeza de la Iglesia Católica (Santa Sede) con el fin de dar un carácter estable y jurídico a la cooperación entre autoridad religiosa y autoridad civil.

La Santa Sede ha desarrollado colaboraciones bilaterales y multilaterales para conseguir una concordia cultivada con el diálogo y orientada al bien común.

En la mayoría de ellos, se garantiza que la Iglesia pueda gozar de libertad religiosa y de la necesaria autonomía que requiere su misión.

Actualmente la Santa Sede mantiene relaciones diplomáticas con 178 Estados. A ellos hay que añadir la Unión Europea, la Soberana Orden Militar de Malta y una Misión de carácter especial: la Oficina de la Organización para la Liberación de Palestina (OLP).

Todos estos pactos internacionales constituyen el testimonio del reconocimiento internacional del papel moral, cultural, social y religioso que la Iglesia Católica desarrolla en el mundo.

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ZENIT Staff

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