Duras sanciones para la fecundación heteróloga y la clonación en Italia

El Parlamento aprueba la nueva ley de fecundación asistida

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ROMA, 19 junio 2002 (ZENIT.org).- El Parlamento italiano aprobó este martes la nueva ley de fecundación asistida que pone fin a una situación de ausencia de regulación en la materia.

El proyecto de ley, que pasará ahora al Senado para su aprobación definitiva, establece el reconocimiento de los derechos de todos los sujetos implicados en el proceso de procreación asistida, «incluido el concebido».

Durante la tramitación de esta ley, como en otras ocasiones, se ha dado libertad de voto a los miembros de los distintos partidos, lo que ha producido un voto transversal basado en las convicciones éticas de cada parlamentario.

Tras un encendido debate, el proyecto de ley fue aprobado por 266 votos a favor, 144 en contra y 10 abstenciones.

Según el texto legal, el recurso a las técnicas de fecundación asistida se permite después de que se hayan demostrado ineficaces otros remedios para la esterilidad, contando además con el consentimiento informado de la pareja.

El artículo 4 de la ley prohibe el recurso a semen u óvulos extraños a la pareja que se somete a la fecundación artificial, es decir, se veta la denominada «fecundación heteróloga», que será castigada con una multa a los médicos de 300.000 (unos 285.000 dólares) a 600.000 euros (573.500 dólares aproximadamente) y con la suspensión del ejercicio de la profesión de uno a tres años. No habrá sanción alguna para la pareja.

Las técnicas de procreación asistida se reservan a parejas, casadas o que convivan, de sexo diferente y en edad fértil. Por lo tanto, las personas solteras, las parejas homosexuales o las parejas de edad avanzada no podrán someterse a la fecundación asistida.

Según la ley, en Italia no se podrán producir más de tres embriones y tendrán que ser inmediata y conjuntamente implantados en el útero de la mujer. La única excepción se dará por motivos de salud de la paciente, documentados, que impongan retrasar la implantación. Se prohibe el aborto selectivo salvo en los casos previstos por la ley del aborto, aprobada en ese país por referéndum.

El texto establece que el Gobierno italiano decidirá qué es lo que se debe hacer con los 300.000 embriones conservados en los centros de fecundación asistida. Treinta días después de la aprobación de la ley, estos centros tendrán que enviar al Ministerio de Salud la relación de los embriones conservados.

Tres meses después, ese Ministerio definirá «las modalidades y los términos de conservación de los embriones».

El texto prevé en el artículo 15 la objeción de conciencia, según la cual el personal sanitario que lo solicite quedará exento de participar en procedimientos orientados a la procreación asistida.
La ley prohibe manipulaciones y experimentaciones con embriones, así como la selección con fines eugenésicos.

Se prohibe también la clonación humana, que será castigada con una pena de entre 10 y 20 años de cárcel, una multa de 600.000 (unos 573.500 dólares) a un millón de euros (cerca de 955.900 dólares) y la expulsión definitiva del ejercicio de la medicina.

«El Salvaje Oeste de la probeta por fin se termina en Italia», declaró Olimpia Tarzia, secretaria general del Movimiento por la Vida.

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ZENIT Staff

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