CIUDAD DEL VATICANO, 3 octubre 2001 (ZENIT.org).- La intervención del cardenal Joachim Meisner, arzobispo de Colonia, ante el Sínodo de los Obispos, fue la única que recibió aplausos en la sesión matinal del martes y ha sido la que más eco ha tenido hasta ahora en la prensa. Por su interés, publicamos la síntesis que redactó el mismo purpurado alemán.

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La crisis de fe en la Iglesia es la expresión de una crisis mayor que es la de la cultura, pero también es consecuencia de una forma de auto-secularización, de la que también son responsables los órganos de la Iglesia, como por ejemplo quienes ejercitan el ministerio episcopal. No pocos obispos, de hecho, subestiman la gravedad de la situación, otros interpretan las tendencias de separación en la fe como tensiones fecundas que podrían llegar en el futuro a una nueva síntesis, y reconocen su ministerio como un «oficio de moderación» entre las diversas posiciones opuestas.

Esta forma de entender el ministerio episcopal está tan difundida que el episcopado, de hecho, sufre no sólo por la pérdida de autoridad que proviene del exterior, sino que --involuntariamente-- favorece también la renuncia a la autoridad que proviene del interior. El ministerio pastoral del obispo, por consiguiente, es minimizado, reducido al cuidado humano de los fieles, a la amable comprensión y al reconocimiento de los carismas presentes en los fieles laicos. De esta manera se subestima la esencia de tal ministerio, que implica un claro e inequívoco deber de gobierno e incluso el elemento de jurisdicción.

De este análisis deriva la urgencia de un testimonio fuerte y autorizado por parte de los pastores. El obispo no es un devoto creyente privado, sino un testigo público. Debe afrontar los problemas presentes en el mundo eclesial, no solamente para salvarse a sí mismo, sino también para defender la fe, para corregir los errores y para profundizar en la verdad. No puede prescindir de la situación efectiva de la fe en la sociedad, sino que debe ofrecer testimonio de la fe considerando también los peligros y los daños.

La potestad del obispo por el «testimonium fidei» no se limita sólo a la predicación. Le corresponde también el juicio doctrinal que proviene, ante todo, de la potestad de gobierno y que exige la reglamentación, la rectificación y el juicio acerca de la doctrina de la fe. La «potestas testandi» alcanza su plenitud en la «potestas iudicandi».

Como consecuencia, los obispos no están llamados solamente a testimoniar, a nutrir y a cuidar la fe, sino también a juzgarla, a disciplinarla y a imponerla en su recta forma. Desde esta perspectiva, en la discusión de la fe, el obispo debe y puede pronunciar, en el ámbito de su diócesis y teniendo en cuenta la doctrina universal de la fe, el juicio sobre lo que es verdad y sobre lo que está equivocado. En base a esta capacidad de juicio inspirada por el Espíritu, el obispo puede servir a su Iglesia como fuerza judicial e iluminadora de la fe.

De aquí que se pueda afirmar: «Donde está el obispo, ahí también está la Iglesia».

[Traducción del original en italiano realizada por la Secretaría del Sínodo]