SAN JOSÉ, domingo, 26 junio 2005 (ZENIT.org).- Los obispos de la Conferencia Episcopal de Costa Rica, tras formar una comisión especial para la defensa de la vida –integrada, entre otros miembros, por juristas, especialistas en salud y ética—, publicaron el lunes un pronunciamiento tras analizar el Proyecto de Ley de «Reforma Integral a la Ley General de Salud» y del texto sustitutivo de dicha reforma redactado por el Ministerio de Salud.

Fue el Gobierno de la República quien tomó la iniciativa de conocer la opinión de la Iglesia en Costa Rica respecto a dicho texto sustitutivo.

Firma el pronunciamiento, por los obispos de la Conferencia Episcopal de Costa Rica, el presidente del organismo, el obispo –de Cartago-- José Francisco Ulloa Rojas. Publicamos a continuación el texto íntegro.

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Comisión Especial para la Defensa de la Vida

Pronunciamiento sobre el Proyecto de Ley “Reforma Integral a la Ley General de Salud” (expediente No. 15.499) y del texto sustitutivo de dicha reforma, redactado por el Ministerio de Salud.



Los Obispos de la Conferencia Episcopal de Costa Rica, habiendo conformado una comisión especial para la defensa de la vida, integrada por destacados juristas, especialistas en salud y ética, entre otros distinguidos ciudadanos, nos hemos dado a la tarea de analizar el Proyecto de Ley de “Reforma Integral a la Ley General de Salud” (expediente No. 15.499) y del texto sustitutivo de dicha reforma, redactado por el Ministerio de Salud.

Además, convencidos de que sólo el respeto de la vida puede fundamentar y garantizar los bienes más preciosos y necesarios de la sociedad, como la democracia y la paz, [1] queremos hacer pública nuestra posición sobre tan delicado tema:

Considerando que:

a) “No se puede prescindir del anuncio del derecho inviolable a la vida, cuyo titular es cada ser humano desde su concepción hasta la muerte natural” [2]

b) La Constitución Política de Costa Rica, los tratados internacionales ratificados por nuestro país y en general el ordenamiento jurídico costarricense, en especial el Código de la Niñez y de la Adolescencia y el Código Penal garantizan a todas las personas físicas el derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.

c) Es propio de la idiosincrasia costarricense el respeto a la vida y a la dignidad del ser humano.

d) La Ley General de Salud vigente no responde plenamente a los desafíos de la sociedad moderna.

e) Ante este hecho, los señores médicos Kyra de la Rosa Alvarado, Sigifredo Aiza Campos, Miguel Huezo Arias y Edgar Mohs Villalta, en su condición de diputados, propusieron un texto de Reforma Integral a la Ley General de Salud (expediente legislativo No. 15.499), el cual se encuentra en estudio en la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Legislativa de la República.

f) Por su parte, el Ministerio de Salud ha impulsado la creación de un texto sustitutivo para la Reforma Integral de la Ley General de Salud que fue presentado a la Asamblea Legislativa mediante moción presentada por los Diputados Kyra de la Rosa Alvarado y Sigifredo Aiza Campos.

g) El Gobierno de la República ha tomado la iniciativa de conocer la opinión de la Iglesia en Costa Rica con respecto a dicho texto sustitutivo.

h) Luego de una cuidadosa lectura del texto sustitutivo elaborado por el Ministerio de Salud, objetamos serios inconvenientes contenidos en el mismo, a saber:

i. La utilización de un lenguaje impreciso y ambiguo, que incide no sólo en la forma sino en el fondo de estos contenidos. Por ejemplo, de conformidad con el artículo 9 se evita definir los términos técnicos de la Ley, lo cual podría generar una serie de equívocos a la hora de interpretar términos como:

1. Cuando se habla de “derechos sexuales y reproductivos” (Art. 44 y ss.) o de “derecho a la maternidad segura” (Art. 48) ¿implican el aborto?

2. Al utilizar el término “derecho al acceso a la reproducción asistida” (Art. 55) ¿incluye el acceso a la Fertilización In Vitro?

ii. Así también, la promoción de la llamada “anticoncepción de emergencia” (Art. 52), que según la literatura científica objetiva incluye un efecto abortivo entre sus modos de acción, por lo que provoca abortos tempranos.

iii. El texto atribuye como responsabilidad directa y exclusiva del Estado la educación integral para la sexualidad y la reproducción (Art. 46 inc. a), invisibilizando el derecho de las madres y padres de Familia de educar a sus hijos, sin perjuicio del apoyo que el Estado les debe dar en esa labor. “Por el hecho de haber dado la vida a sus hijos, los padres tienen el derecho originario, primario e inalienable de educarlos; por esta razón, ellos deben ser reconocidos como los primeros y principales educadores de sus hijos. [3]

iv. Igualmente, el texto sustitutivo contiene otras amenazas contra la vida y dignidad humana propias de la agenda anti-vida.

i) Si bien es cierto, el texto base original de la Reforma Integral a la Ley General de Salud, propuesto por los diputados Kyra de la Rosa Alvarado, Sigifredo Aiza Campos, Miguel Huezo Arias y Edgar Mohs Villalta (Expediente legislativo No. 15.499), puede ser mejorado con aportes de distintos sectores sociales, el mismo no presenta las graves amenazas al derecho a la vida anteriormente indicadas.

Acuerda:

1. Oponerse categóricamente al texto sustitutivo de la Ley General de Salud propuesto por el Ministerio de Salud ya que atenta contra los principios jurídicos, éticos y morales que protegen el derecho a la vida humana, definida desde la concepción a la muerte natural.

2. Exhortar a las señoras y a los señores diputados de la Asamblea Legislativa a rechazar todo texto sustitutivo que atente contra la vida y dignidad del ser humano, y más bien dedicarse a estudiar y enriquecer con sus aportes el texto base inicial de la Reforma Integral a la Ley General de Salud (expediente legislativo 15499).

3. Invitar a todos los costarricenses, en especial a los agentes de salud, a hacer sugerencias para mejorar el texto base inicial de Reforma Integral a la Ley General de Salud y manifestar su oposición a toda amenaza que atente contra el ser humano, como corresponde a la idiosincrasia costarricense.

4. Llamar a todos los miembros de la Iglesia católica, especialmente a quienes por voluntad popular tienen la potestad de legislar, a promover la cultura de la vida de frente a los postulados que suscitan una visión limitada sobre la dignidad de la persona humana. Ellos deben recordar que “quien es cristiano debe serlo siempre, a todos los niveles, sin indecisiones; en los hechos y no sólo en el nombre” [4]

En nuestra condición de Pastores nos preocupa el hecho que, como nos enseñara Su Santidad Juan Pablo II, una de las características propias de los atentados actuales contra la vida humana consiste en la tendencia a exigir su legitimación jurídica, como si fuesen derechos que el Estado, al menos en ciertas condiciones, debe reconocer a los ciudadanos y, por consiguiente, la tendencia a pretender su realización con la asistencia segura y gratuita de médicos y agentes sanitarios. [5]

Reiteramos nuestra confianza en Dios y en la buena voluntad de los costarricenses, para que, mediante un común esfuerzo ético, pongamos en práctica una gran estrategia a favor de la vida.

Dado en San José, el 20 de junio de 2005

Por Obispos de la Conferencia Episcopal de Costa Rica:

Monseñor José Francisco Ulloa Rojas
Obispo Electo de Cartago
Presidente de la Conferencia Episcopal de Costa Rica

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[1] Cf. Evangelium Vitae Nº 101
[2] Cfr. Juan Pablo II, Carta a los hermanos en el episcopado, 19-05-91.
[3] Cfr. Carta de los Derechos de la Familia, artículo 5.
[4] Cfr. Juan Pablo II, Discurso al Centro Femenino, 7-XII-1979
[5] Cf. E. V.68