La naturaleza de la curia romana queda clara en el artículo 1º de la Constitución Apostólica Pastor Bonus: La curia romana es el conjunto de dicasterios y organismos, que ayudan al romano pontífice en el ejercicio de su suprema misión pastoral, para el bien y servicio de la Iglesia universal y de las Iglesias particulares, con lo que se refuerzan la unidad de la fe y la comunión del Pueblo de Dios y se promueve la misión propia de la Iglesia en el mundo.
Las funciones de la curia romana están definidas en el actual Código de Derecho Canónico del año 1983 con algunas precisiones posteriores con la Constitución Apostólica Pastor Bonus de Juan Pablo II en 1988. La curia romana no es la única que presta un servicio al romano pontífice en el gobierno de la Iglesia, también el colegio cardenalicio realiza algunas funciones de gobierno junto con el papa. Además, en la Pastor Bonus está previsto que el papa convoque de vez en cuando a los jefes de dicasterios, como también se conoce a los departamentos u organismos especializados de la curia romana.
La curia está formada por Secretaría de Estado, Congregaciones, Tribunales, Consejos Pontificios y Oficinas. Cada una de estas ramas está subdividida y tiene funciones diferentes dentro del gobierno de la Iglesia. Las Congregaciones son nueve: Doctrina de la Fe, Iglesias Orientales, Culto Divino y disciplina de los sacramentos, Causa de los santos, Obispos, Evangelización de los pueblos, Clero, Institutos de vida consagrada y Sociedades de vida apostólica y Educación católica. La función es de poder ejecutivo. Los tribunales tienen funciones judiciales y son tres: Penitenciaria Apostólica, Signatura Apostólica y Rota Romana. Más numerosos sin embargo son los Consejos Pontificios, exactamente doce: Laicos, Unión de los cristianos, Familia, Justicia y Paz, Cor Unum, Pastoral para los trabajadores sanitarios, Textos Legislativos, Diálogo interreligioso, Comunicaciones sociales y Nueva evangelización (creado en 2010). Estos Consejos Pontificios tienen una función de promoción de actividades y iniciativas de su competencia. Y finalmente las Oficinas que son tres, Cámara Apostólica, Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica y Prefectura de los Asuntos económicos de la Santa Sede. Estas oficinas tienen una naturaleza económica.
Al frente de cada dicasterio se nombra un Prefecto en el caso de las Congregaciones o un Presidente para los demás dicasterios. Se nombra también a un secretario y un subsecretario. El papa se encarga de designar varios miembros de cada Congregación. Tradicionalmente los miembros debían ser cardenales pero actualmente a cada dicasterio pertenecen también obispos.
Además de los miembros, se nombran oficiales y consultores. Mientras que la función de los oficiales es encargarse de los asuntos ordinarios del dicasterio, los consultores llevan a cabo una labor de asesoramiento.
Hay dos momentos en las que los miembros del dicasterio se reúnen, puede ser en asambleas plenarias o en sesiones ordinarias. A las plenarias, que se celebran al menos una vez al año, se convocan a todos los miembros, sin embargo en las sesiones ordinarias se convocan a los miembros presentes en Roma. El presidente o prefecto del dicasterio el que decide la convocatoria y el orden del día.