BUENOS AIRES, martes, 19 julio 2005 (ZENIT.org).- La jueza federal María Servini de Cubría sobreseyó al obispo castrense, monseñor Antonio Juan Baseotto, en la causa sobre «apología del crimen», por entender que no cometió delito al citar una frase bíblica en una carta que le envió en febrero pasado al ministro de Salud de la Nación, doctor Ginés González García, en respuesta a sus declaraciones referidas al aborto y al reparto de preservativos a jóvenes en la vía pública.

La resolución judicial está fechada el 8 de julio de 2005 y responde al expediente 2281/05 (B-8689/05) caratulado «Baseotto Antonio s/ apología del Crimen», donde la magistrada subraya que «el hecho investigado no encuadra en una figura legal, conforme lo previsto por los artículos 334 y 336, inciso tercero y último párrafo del Código Procesal Penal de la Nación, dejando expresa mención que la formación del proceso no afectó el buen nombre y honor del que hubiere gozado el nombrado».

La causa se había iniciado a raíz de que en la misiva enviada al Ministro de Salud de la Nación en respuesta a sus declaraciones sobre legalización del aborto y salud reproductiva, monseñor Baseotto había señalado que «la multiplicación de los abortos que usted propicia con fármacos conocidos como abortivos es apología del delito de homicidio».

«Cuando usted repartió públicamente profilácticos a los jóvenes, recordaba el texto del Evangelio donde nuestro Señor afirma que “los que escandalizan a los pequeños merecen que le cuelguen una piedra de molino al cuello y lo tiren al mar…”», añadía el prelado.

Estas afirmaciones motivaron tres denuncias --las cuales se acumularon en el Juzgado de la jueza María Servini de Cubría-- en las que se acusaba al obispo castrense de haber realizado un «elogio al homicidio» y no a cualquier modo de homicidio, sino a «una de las formas más perversas utilizadas en el República Argentina en los tiempos del horror militar» y que dicha conducta encuadraría en la figura de apología del delito prevista y reprimida por el artículo 213 del Código Penal de la Nación.

También se le acusaba de «infundir un temor público» (Articulo 211 del Código Penal) y de incurrir en la conducta prevista por el Artículo 149 bis del Código Penal: amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas.

Los denunciates fueron: el Dr. Ricardo Monner Sans, el Dr. Luis María Llaneza y el Dr. Guillermo Enrique Pagura.

La jueza federal, al desestimar toda conducta delictiva del obispo por haber hecho una cita evangélica, expresó en relación a la carta: «…ya sea dentro del contexto en que se enviara, como también de su interpretación literal, la misiva suscripta por monseñor Baseotto no sólo no hace mención alguna a los sucesos señalados por los denunciantes, sino que tampoco ofende al bien común ni hace exaltación, ponderación o elogio de ningún hecho criminal específico, sino que el pasaje que se critica resulta una simple remisión literaria formulada por una autoridad eclesiástica, sobre una obra, que para su credo es la base misma del culto que profesa y cuya redacción quien la señalara considera inspirada por Dios».

«Por lo cual --según la jueza--, aseverar que los dichos formulados por el obispo significaba una exacerbación de hechos que se habrían producido en el pasado, corre por cuenta de quien así lo entienda, mas no merece, a criterio de la suscripta, el reproche de los entes jurisdiccionales encargados de reprimir delitos».

«Lo contrario -dice la jueza- implicaría vulnerar la libertad y autonomía de la que gozan las agrupaciones religiosas», para lo cual cita un precedente dictamen de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Por decreto del Poder Ejecutivo Nacional 220/05, del 21 de marzo de 2005, se dejó sin efecto el acuerdo del Estado Nacional para que monseñor Baseotto pueda desempeñarse como Obispo Castrense.

En aquella decisión, el gobierno del presidente Néstor Kirchner consideró que «las expresiones de Su Excelencia Reverendísima Monseñor Antonio Juan Baseotto, invocando alegorías de connotaciones muy fuertes en la República Argentina, que recuerdan los llamados ‘vuelos de la muerte’, revindican los métodos de la dictadura, apoyan a los ejecutores de tales crímenes y lejos están de aportar a la paz y la armonía o al cuidado espiritual de las Fuerzas Armadas».

La agencia católica argentina Aica, al dar la noticia, comenta: «Llama poderosamente la atención, salvo muy contadas excepciones, el silencio de la prensa en general que, tras haber batido el parche en forma escandalosa, casi diariamente, acerca de una presunta amenaza de monseñor Baseotto de tirar al mar al ministro de salud, sonsonete repetido hasta hace muy pocos días aún en medios “serios”, ahora parece ignorar el dictamen de la jueza federal».