«Motu proprio» del Papa sobre las Basílicas de San Francisco y de Santa María de los Ángeles (Asís)

CIUDAD DEL VATICANO, lunes, 21 noviembre 2005 (ZENIT.org).- Publicamos la Carta Apostólica en forma de «Motu proprio» de Benedicto XVI –difundida el sábado por la Santa Sede– con las nuevas disposiciones sobre las Basílicas de San Francisco y de Santa María de los Ángeles en Asís (Italia).

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Carta Apostólica «Motu proprio»
con nuevas disposiciones sobre las Basílicas de San Francisco
y de Santa María de los Ángeles en Asís

De todo el mundo se contempla con especial consideración la Basílica de San Francisco en Asís que conserva y custodia los restos mortales del Seráfico Santo y la Basílica de Santa María de los Ángeles, que contiene en sí la insigne iglesia de la Porciúncula: la primera está confiada a la Orden de los Frailes Menores Franciscanos Conventuales y la segunda a la Orden Franciscana de los Frailes Menores.

Los Romanos Pontífices, por su parte, siempre han tenido vínculos singulares y solicitud especial por estos dos Templos Mayores franciscanos propter eorum praestantiam atque dignitatem y los han querido hasta ahora sujetos directamente a su jurisdicción. A lo largo de los siglos los Frailes Conventuales y los Frailes Menores con su solícita obra y su testimonio han mantenido vivo el espíritu y el carisma de San Francisco, difundiendo en el mundo entero su mensaje evangélico de paz, de fraternidad y de bien.

Considerada la exigencia de llevar a cabo un acuerdo más eficaz entre las actividades que se desarrollan tanto en la Basílica de San Francisco (con el Sacro Convento) como en la Basílica de Santa María de los Ángeles (y su Convento) y la pastoral de la Diócesis de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino, y también con la pastoral promovida a nivel regional y nacional por las respectivas Conferencias episcopales, nos ha parecido útil modificar la actual disciplina jurídica, así como fue regulada por nuestro venerado Predecesor, el Papa Pablo VI de feliz memoria mediante el Motu proprio «Inclita toto» del 8 de agosto de 1969, por lo que respecta a la Basílica de San Francisco (con el Sacro Convento), y mediante la Decisión ex Audientia del 12 de mayo de 1966 en cuanto concierne a la Basílica de Santa María de los Ángeles (y su Convento), poniendo al día las normas según las necesidades actuales.

Disponemos y establecemos por lo tanto lo siguiente:

I. A la Basílica del San Francisco y al anexo Sacro Convento, como también a la Basílica de Santa María de los Ángeles, asignamos como Nuestro Legado un Cardenal de la Santa Iglesia Romana, el cual, aún no gozando de jurisdicción, tendrá la tarea de perpetuar con su autoridad moral los estrechos vínculos de comunión entre los sagrados lugares en memoria del Pobrecillo y esta Sede Apostólica. Él podrá impartir la Bendición Papal en las celebraciones que presidirá en ocasión de las solemnidades litúrgicas mayores.

II. El obispo de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino de ahora en adelante tendrá la jurisdicción prevista por el derecho sobre las iglesias y sobre las casas religiosas en lo que respecta a todas las actividades pastorales desarrolladas por los Padres Conventuales de la Basílica de San Francisco y por los Frailes Menores de Santa María de los Ángeles.

III. Los Padres Franciscanos, Conventuales y Menores, para todas las iniciativas que tienen aspectos pastorales, deberán por lo tanto pedir y obtener el consentimiento del Obispo de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino. Éste, además, oirá el parecer del Presidente de la Conferencia Episcopal Umbra para las iniciativas que tienen eco en la Región o de la Presidencia de la Conferencia Episcopal Italiana para aquellas de radio más amplio.

IV. En cuanto a la celebración de los sacramentos en las Basílicas mencionadas valen las normas del Código de Derecho Canónico y las vigentes en la Diócesis de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino.

Exhorto por lo tanto a los Hijos de San Francisco, a quienes están confiadas las dos citadas Basílicas, a atenerse con generosa disponibilidad a las normas expuestas en este Motu proprio en espíritu de sincera comunión con el Obispo de Asís-Nocera Umbra-Gualdo Tadino y, a través suyo, con la Conferencia Episcopal regional y con la nacional.

Dado en Roma, en San Pedro el 9 de noviembre de 2005, aniversario de la Dedicación de la Basílica Lateranense, primer año de Nuestro Pontificado.

BENEDICTUS PP. XVI

[Traducción del texto italiano realizada por Zenit]

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ZENIT Staff

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