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Señor presidente:
Poco tiempo después de la intervención de mi delegación el pasado 29 de septiembre, estoy pidiendo la palabra de nuevo, con mucho gusto, en el actual debate sobre la clonación humana.
De hecho, es alentador constatar que este debate en el Sexto Comité está atrayendo una creciente atención y ganando contribuciones concretas de las delegaciones y de diferentes sectores de la sociedad civil representada en las Naciones Unidas.
Mi delegación ha presentado sus puntos de vista en un documento, circulado entre los grupos de trabajo con motivo de la primera sesión de este debate, hace dos semanas. Durante ese encuentro, mi delegación reafirmó la convicción de que sólo una convención global sobre la clonación humana puede afrontar todas las cuestiones ligadas y responder a los desafíos del siglo XXI en este tema.
Situaciones que plantean graves problemas a la dignidad humana sólo se pueden afrontar de manera efectiva con acuerdos internacionales que son globales, no parciales. Si bien una convención parcial podría afrontar temporalmente algunas de las cuestiones ligadas a la clonación humana, generaría mayores problemas, incluso más difíciles de resolver. La solución más duradera, por tanto, debería ser un instrumento legal que incluya todos los aspectos. Es más, una convención global puede ofrecer un instrumento legal vinculante que podría orientar y hacer que los Estados sean capaces de formular legislaciones nacionales apropiadas sobre clonación humana.
Mi delegación ha constatado con satisfacción que el tiempo de reflexión y el encuentro de ideas de las últimas dos semanas ha provocado un aumento entre los que se suman al co-patrocinio y apoyo de la propuesta presentada por Costa Rica.
También por este motivo mi delegación desea reafirmar la convicción de que el argumento que afrontamos puede resolverse a través de la prohibición desde el principio de la clonación de embriones humanos.
Hay que dejar claro que la posición tomada por mi delegación no es, en primera instancia, de tipo religioso. Es una postura informada por el proceso de la razón, que está informada a su vez por el conocimiento científico.
Hemos escuchado una serie de declaraciones de diversas delegaciones que afirman que se trata de un argumento «complejo». Hemos escuchado asimismo llamamientos a que evitemos divisiones, a que no impongamos puntos de vista, y a que deberíamos encontrar un consenso en esta materia por un breve período de tiempo. Se nos ha recordado también que el asunto de la investigación con embriones debe tener en cuenta los diferentes sistemas de creencias y perspectivas religiosas, culturas y circunstancias personales. Se ha afirmado en varias ocasiones que, si bien deberíamos movernos rápidamente para prohibir la clonación reproductiva, deberíamos por el contrario ir más lentos en lo que se refiere a la investigación sobre clonación humana.
Algunas delegaciones han presentado propuestas con el objetivo de promover la libertad ante una cierta regulación basada en las imposiciones de una obligación universal contra la clonación por motivos de investigación o terapéutica. El instrumento jurídico de una convención, que puede ser o no ser aceptada, garantiza esta libertad. De todos modos quisiera mencionar otra libertad importante. Señor presidente, hablo de la libertad por la vida misma que constituye el núcleo central de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Ser libre para proteger la vida humana es lo que apuntala nuestro trabajo aquí, en este Comité.
Señor presidente, la ciencia puede ser compleja, pero esta materia es para nosotros simple y clara. El tema de la clonación humana que implica la creación de embriones humanos es la historia del comienzo de la existencia humana, un argumento que no sólo es local, que no es sólo nacional o regional. Es ante todo una cuestión universal, porque un embrión es un ser humano independientemente de su geografía. Si la clonación reproductiva de seres humanos contraviene las leyes de la naturaleza –un principio con el que todas las delegaciones parecen estar de acuerdo– también las contraviene la clonación del embrión humano que es sacrificado por motivos de investigación. Un embrión clonado, que no está destinado a ser implantado en un seno, sino que es creado con el único objetivo de la extracción de sus células y de otros materiales, está destinado a la destrucción programada.
Algunos argumentarían, señor presidente, que si bien debemos actuar rápidamente para prohibir la clonación reproductiva, debemos tomarnos más tiempo para estudiar todos los aspectos ligados a la clonación con objetivos de investigación, procedimiento que intencionalmente destruye la vida humana. ¿Cuántas vidas humanas pensamos destruir en este proceso? Dado que este proceso innecesario requeriría más de un embrión por paciente, cientos de millones de seres humanos clonados serían necesarios para afrontar una sola enfermedad, como el diabetes, en cualquier país desarrollado.
Para terminar mi delegación quiere recordar a esta distinguida asamblea que una de las misiones fundamentales de las Naciones Unidas es defender los derechos de todos los seres humanos. Si las Naciones Unidas prohibiesen la clonación reproductiva sin prohibir la clonación con fines de investigación, este organismo estaría implicado por primera vez en la legitimación de algo increíble: la creación de seres humanos para el expreso propósito de destruirlos.
Si los derechos humanos significan algo, en todo momento y en todo lugar del mundo, entonces nadie puede tener el derecho de hacer algo así. Los derechos humanos surgen del reconocimiento de que los seres humanos tienen una dignidad intrínseca, que se basa en el hecho de que son humanos. Los seres humanos son humanos, incluso cuando sean clonados. Si todos nosotros gozamos de derechos que surgen del reconocimiento de esta dignidad, entonces tenemos que actuar para prohibir la clonación humana en todas sus formas
Gracias, señor presidente.
[Traducción del original inglés realizada por Zenit]